Asesoría fiscal para startups
Estás levantando producto, buscando clientes y peleando con la caja.
Mientras tanto, alguien tiene que decidir cómo tributa todo eso. Ese alguien somos nosotros.
La fiscalidad de tu startup empieza mucho antes de tu primera factura
La asesoría fiscal para startups no consiste en presentar el modelo 303 antes de que se acabe el plazo. Eso es solo el punto de partida. Consiste en las decisiones que tomas al principio, cuando todavía no has facturado ni un euro: qué forma jurídica eliges, cómo repartes el capital entre los socios, qué gastos puedes deducirte de esos meses en los que solo había código y café, y si tu proyecto encaja o no en la Ley de Startups. Ahí es donde se gana o se pierde dinero de verdad.
Los plazos importan, pero una buena asesoría para startups tiene que ir bastante más allá de presentar los impuestos a tiempo. Sí conocemos proyectos que llegaron a su primera ronda con un reparto de participaciones imposible de arreglar y una deducción por I+D+i que se les había pasado el plazo de documentar.
Nosotros empezamos de cero. Probablemente como tú, con un portátil y una idea. Por eso sabemos que a un fundador no le sobra el tiempo y necesita resolver sus trámites de forma ágil.
Somos una asesoría 100% digital y estamos autorizados por la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa como Punto de Atención al Emprendedor. Eso significa que podemos constituir tu sociedad por vía telemática, con el Documento Único Electrónico. En los supuestos en los que la normativa lo permite, el procedimiento puede realizarse íntegramente online. Y significa también que detrás de la pantalla hay personas que te cogen el teléfono cuando el inversor te manda un correo un viernes a las ocho de la tarde.
Nuestros servicios de asesoría fiscal para startups
Si vas a validar una idea tú solo, facturando a cuatro clientes mientras conservas otro trabajo, darse de alta como autónomo suele ser lo razonable: tributas por IRPF, la estructura es ligera y el coste de salir es prácticamente cero. Si ya existen varios socios, vas a contratar equipo, necesitas financiación o prevés la entrada de inversores, constituir una sociedad suele cobrar mucho más sentido.
La diferencia real no es solo el tipo impositivo. Es la responsabilidad, la imagen frente a clientes grandes y, sobre todo, la posibilidad de repartir participaciones. Si vas a incorporar inversores al capital, normalmente será necesaria una estructura societaria que permita articular correctamente su entrada y los derechos de cada socio. Analizamos tu caso, te enseñamos los números de las dos vías y decides tú con la información delante, no con una corazonada. Si tu proyecto es una pyme en crecimiento más que una startup de manual, también te lo diremos.
Estamos autorizados por el Ministerio de Industria y Turismo como Punto de Atención al Emprendedor, una ventanilla única electrónica desde la que se tramita el alta de la actividad con el Documento Único Electrónico. Traducido: no vas a ir de la notaría al Registro Mercantil, del Registro a Hacienda y de Hacienda a la Seguridad Social. Vamos nosotros, y por vía telemática siempre que la normativa lo permita.
Como Punto PAE podemos tramitar telemáticamente la constitución de sociedades a través de CIRCE. Cuando se utilizan procedimientos estandarizados, los plazos pueden ser especialmente reducidos, aunque el tiempo efectivo dependerá de la disponibilidad notarial y de las posibles incidencias del expediente. Durante todo el proceso te explicamos qué estamos haciendo y por qué, incluida la definición del objeto social, que es una de esas cosas que parecen un trámite y luego te limita cuando quieres abrir una línea de negocio nueva. Puedes ver el detalle del servicio en nuestra página para emprendedores.
Elegir el epígrafe con el que te das de alta en la Agencia Tributaria parece un detalle administrativo y condiciona bastante más de lo que la gente cree. La correcta clasificación de la actividad en el IAE y en el censo condiciona las obligaciones formales y ayuda a determinar el tratamiento fiscal aplicable. En proyectos digitales, una clasificación incorrecta puede generar errores posteriores en IVA, retenciones, declaraciones censales o acceso a determinadas ayudas.
Con proyectos digitales el encaje casi nunca es evidente. Un marketplace, una consultora que además vende su propio software y una empresa que licencia una API no son lo mismo a efectos censales, aunque las tres se presenten en su web como «tecnológicas». Nosotros lo revisamos contigo antes de presentar el modelo 036, no después de la primera notificación.
Los estatutos dicen quién tiene qué porcentaje. El pacto de socios dice qué pasa cuando uno de vosotros se quiere ir, cuando alguien deja de dedicarle horas al proyecto o cuando llega una oferta de compra y no todos opináis igual. Es el documento que nadie quiere redactar al principio, porque hacerlo obliga a hablar de cosas incómodas mientras todo va bien, y el que todo el mundo echa de menos cuando algo se tuerce.
Lo preparamos junto a nuestro equipo de servicios jurídicos, con abogados especializados en mercantil, y lo revisamos también desde el lado fiscal. Porque una cláusula de vesting o de salida mal redactada puede generar una tributación que no esperaba nadie.
Una ronda no cambia solo el capital de la sociedad. Cambia la valoración, el reparto de poder, los derechos económicos de cada socio y el coste fiscal de una futura salida. No es lo mismo entrar por ampliación de capital con prima de emisión que hacerlo mediante una nota convertible o un préstamo participativo, y cada fórmula tiene su lectura en el Impuesto sobre Sociedades y en el IRPF de los fundadores.
Trabajamos la parte fiscal de la operación en paralelo con los abogados que la instrumentan, para que la escritura que se firme diga exactamente lo que hemos calculado. También preparamos la documentación contable que te va a pedir el inversor, que casi siempre llega con menos margen de tiempo del que te gustaría.
Desarrollar software puede generar deducción en el Impuesto sobre Sociedades, pero no por el hecho de programar. Hay que demostrar que existe novedad objetiva o mejora tecnológica sustancial, separar los proyectos, imputar correctamente las horas del equipo y guardar la documentación técnica y económica desde el primer día. Si esa trazabilidad no existe, la deducción se pierde por el camino aunque el trabajo sí fuera innovador.
Por eso montamos el sistema de imputación al principio del ejercicio y no en marzo del año siguiente. Revisamos qué desarrollos tienen recorrido, cómo se reflejan en la contabilidad y si te compensa pedir un informe motivado vinculante para blindar la deducción frente a una comprobación posterior.
Cuando no puedes competir en salario con una multinacional, pagas con futuro. Las stock options y las phantom shares sirven exactamente para eso, y las dos tienen consecuencias fiscales muy distintas tanto para la empresa como para la persona que las recibe. Una entrega participaciones reales; la otra, un derecho económico ligado al valor de la compañía.
Lo importante es revisar la fiscalidad antes de implantar el plan, no cuando el empleado ejercita. Ahí es donde aparecen las sorpresas: retenciones no previstas, valoraciones que no cuadran y trabajadores que descubren que tienen que pagar impuestos por algo que todavía no han cobrado. Lo diseñamos junto con nuestro equipo de asesoría laboral para que el plan funcione en nómina y en el IRPF de cada uno.
En cuanto vendes suscripciones fuera, el IVA deja de ser rutina. Cambian las reglas según vendas a empresas o consumidores finales, el país del cliente y el tipo de servicio. En unos casos entran en juego el ROI y las operaciones intracomunitarias; en otros, las reglas especiales de los servicios electrónicos y la ventanilla única OSS. Añade proveedores extranjeros, marketplaces que retienen y pasarelas de pago, y el trimestre se complica solo.
Lo llevamos nosotros, y si tu proyecto además opera con activos digitales, tenemos un servicio específico de fiscalidad de criptomonedas que es de los pocos que verás con nombre y apellidos en una asesoría generalista.
No solo revisamos la fiscalidad de la sociedad: analizamos también la relación fiscal entre el fundador y la sociedad. Entre otras cuestiones, la remuneración del socio y administrador (nómina o facturación a la sociedad), la Seguridad Social, las operaciones vinculadas, los préstamos y aportaciones de socios, la entrada y salida de socios y la transmisión futura de participaciones.
Cuando los socios trabajan para la sociedad, le prestan dinero, ceden activos o facturan servicios, hay que revisar también las reglas sobre operaciones vinculadas y documentar correctamente las relaciones socio-sociedad.
Por qué tu startup no puede tributar como la ferretería de la esquina
Una empresa emergente rompe todos los esquemas de la contabilidad clásica. Facturas poco y gastas mucho durante meses. Tu activo principal es un software que no aparece en ningún balance si nadie lo activa. Pagas a parte del equipo en participaciones porque no puedes pagarle en euros. Vendes suscripciones a clientes de seis países distintos y con seis tipos de IVA distintos.
Y un día entra un inversor, abre la due diligence y todo lo que se hizo mal en el minuto uno sale a la luz. Ese es el momento en el que aparecen las consecuencias de haber tomado decisiones fiscales y societarias sin planificación.
Una startup necesita una asesoría especializada en su realidad: notas convertibles, planes de phantom shares, deducciones por innovación tecnológica o la entrada de inversores. Nosotros trabajamos con ese conocimiento y además te llevamos el día a día, sin derivarte a nadie.
Fase idea
Estás empezando y todavía no has constituido nada
Este es el momento más barato de hacerlo bien y el más caro de hacerlo mal. Todo lo que decidas ahora (la forma jurídica, el objeto social, el porcentaje de cada socio, el epígrafe con el que te das de alta) se queda contigo durante años y modificarlo después cuesta notario, registro e impuestos.
Nuestro trabajo aquí no es rellenar impresos. Es sentarnos contigo media hora, entender adónde quieres llevar el proyecto y montar la estructura que aguante ese plan. Después ya vendrán los impresos, que los rellenamos nosotros.
Fase escala
Ya facturas, tienes equipo y estás levantando capital
Aquí la asesoría fiscal deja de ser un gasto administrativo y se convierte en una herramienta de negociación. Lo que declares, cómo lo declares y cómo lo documentes va a estar encima de la mesa la próxima vez que alguien valore tu empresa.
Si vienes de otra asesoría, lo primero que hacemos es una revisión de lo que hay: contabilidad, impuestos presentados, contratos con el equipo y estructura societaria. A veces está todo correcto y solo hay que ordenarlo. Otras veces aparecen cosas que conviene arreglar antes de que las encuentre el inversor.
Ley de Startups
La Ley 28/2022 de fomento del ecosistema de las empresas emergentes creó un régimen fiscal propio para las startups. El detalle que casi nadie cuenta es que no basta con considerarte una startup: hay que cumplir unos requisitos concretos de antigüedad, independencia, carácter innovador y escalabilidad, y obtener la certificación de ENISA. Sin ese sello no hay régimen especial que valga.
¿Puede tu empresa acogerse realmente a la Ley de Startups?
Que tu empresa sea tecnológica, digital o se defina comercialmente como startup no significa automáticamente que pueda acogerse a la Ley de Startups. Antes de plantear sus incentivos fiscales analizamos si existe una base suficiente para obtener la certificación de empresa emergente de ENISA.
No basta con crear una aplicación, prestar un servicio por Internet, utilizar inteligencia artificial, comercializar software, digitalizar una actividad tradicional o desarrollar un ecommerce: debe poder acreditarse un proyecto de emprendimiento innovador y, además, un modelo de negocio con capacidad de escalabilidad. ENISA analiza realmente el proyecto, por lo que la certificación no debe darse por supuesta.
Primero analizamos si existe una posibilidad real de certificación; después hablamos de los incentivos. Te decimos con franqueza si no lo vemos claro: si tu empresa puede optar a la certificación de empresa emergente, lo estudiamos y tramitamos; si no cumple, no generamos expectativas y buscamos las alternativas fiscales que realmente te correspondan.
Si tu empresa obtiene y mantiene la condición de empresa emergente, estos son los principales beneficios fiscales:
| Beneficio | En qué se traduce |
|---|---|
| Tipo reducido en Sociedades | Tributas al 15% en el primer ejercicio con base imponible positiva y en los tres siguientes, siempre que se mantenga la condición de empresa emergente. |
| Aplazamiento especial del Impuesto sobre Sociedades | Régimen especial de aplazamiento del Impuesto sobre Sociedades, distinto del aplazamiento ordinario, con las condiciones específicas previstas legalmente, incluyendo determinados supuestos sin garantías y sin intereses de demora. |
| Sin pagos fraccionados | Mientras se mantenga la condición de empresa emergente y en los períodos previstos legalmente, no existe obligación de efectuar pagos fraccionados. |
| Stock options más ventajosas | Se amplía la exención en el IRPF del trabajador y se retrasa el momento en que hay que tributar por ellas. |
| Deducción para quien invierte | Mejora la deducción en IRPF por inversión en empresas de nueva o reciente creación, siempre que se cumplan los requisitos legales exigidos al inversor y a la operación. No es una ventaja automática para cualquier inversor ni para cualquier operación. |
* Los importes y plazos concretos dependen de tu situación y de la normativa vigente en cada ejercicio. Lo revisamos caso por caso antes de aplicar nada.
Trabajamos contigo, no para ti
Toda la relación es telemática. Subes tus facturas a tu Área de Cliente, nosotros las procesamos y tú ves el estado real de tu empresa cuando te apetezca, desde el móvil o desde el portátil del coworking. No hay desplazamientos, no hay carpetas y no hay esa llamada de las nueve de la mañana del día 20 pidiéndote un ticket que perdiste en junio.
Nuestras tarifas son transparentes: sabes desde el principio cuál es el precio de partida y, si tu startup crece o su complejidad aumenta, lo hablamos antes, no lo ves en la factura.
Tampoco te vamos a colocar un pack cerrado que no encaja contigo. Trabajamos sobre dos escenarios según el momento del proyecto, y a partir de ahí ajustamos.
Alta de emprendedor autónomo
Alta en Hacienda y en el RETA, elección del epígrafe, régimen de IRPF y búsqueda de subvenciones aplicables.
Desde 100 € + IVA
Constitución de sociedad
Denominación social, estatutos, escritura, NIF, inscripción en el Registro Mercantil y alta en Hacienda y Seguridad Social.
Desde 350 € + IVA
Asesoría fiscal y contable mensual
Contabilidad, impuestos trimestrales y anuales, libros oficiales, cuentas anuales y asesor asignado.
Desde 129,90 € + IVA/mes
Gestión laboral
Altas, bajas, contratos, nóminas, seguros sociales y planes de retribución del equipo.
Desde 25 € + IVA por trabajador/mes
Los precios indicados son tarifas desde y pueden variar en función del volumen de operaciones, número de socios y trabajadores, operativa internacional y complejidad fiscal, contable o societaria. Los gastos de notaría y Registro Mercantil no están incluidos en los honorarios de constitución. En proyectos con un nivel elevado de complejidad, se aplicará presupuesto personalizado.
¿Tienes una duda concreta con la fiscalidad de tu proyecto?
Cuéntanosla sin rodeos y te decimos qué haríamos nosotros. Sin formularios eternos y sin esperar a la semana que viene.
Lo que nos preguntan los fundadores antes de contratarnos
La contabilidad, la presentación de todos tus impuestos y las cuentas anuales, sí, pero eso es la base. Lo que marca la diferencia es el acompañamiento en las decisiones que no son rutinarias: la forma jurídica, el reparto de capital, las deducciones por I+D+i, la fiscalidad de una ronda o de un plan de stock options. Si tu asesoría solo te manda los modelos para firmar, te está cobrando por la mitad del trabajo.
Como Punto PAE podemos tramitar telemáticamente la constitución de sociedades a través de CIRCE. Cuando se utilizan procedimientos estandarizados, los plazos pueden ser especialmente reducidos, aunque el tiempo efectivo dependerá de la disponibilidad notarial y de las posibles incidencias del expediente.
Depende de la antigüedad de la empresa, de que sea independiente, de que su actividad se considere innovadora y escalable y de que obtengas la certificación de ENISA. Lo revisamos antes de darte ninguna expectativa: si vemos que no encajas, te lo decimos y buscamos las ventajas fiscales que sí te correspondan.
Determinados gastos e inversiones realizados antes de comenzar a facturar pueden tener tratamiento fiscal deducible, pero deben planificarse correctamente desde el inicio. El tratamiento no es idéntico en IVA, IRPF e Impuesto sobre Sociedades y, en determinados casos, es importante haber comunicado previamente el comienzo de la actividad a efectos censales. Por eso recomendamos revisar las primeras inversiones antes de realizarlas y conservar siempre las facturas y la documentación que acredite su vinculación con el proyecto.
Depende por completo de cómo se estructure. Una ampliación de capital con prima de emisión, una nota convertible y un préstamo participativo tienen efectos distintos para la sociedad y para cada socio. Por eso conviene decidir la fórmula con el asesor fiscal delante y no cuando la escritura ya está redactada.
No. Todo el servicio es telemático y tienes tu documentación en el Área de Cliente. Dicho esto, tenemos oficina física en Pinto, Madrid, y si un día quieres venir a tomar un café y repasar los números en persona, la puerta está abierta.
Sí. Las nóminas, los contratos y los seguros sociales los lleva nuestro equipo de asesoría laboral, y los contratos mercantiles, el pacto de socios o el registro de marca se ven con nuestros servicios jurídicos. Un solo interlocutor para todo, que es justo lo contrario de tener que explicar tu proyecto tres veces a tres despachos distintos.
Nos ocupamos nosotros de pedir la documentación a tu asesoría anterior y de revisar que la contabilidad y los impuestos presentados estén en orden. Tú solo tienes que firmar la autorización. El cambio se puede hacer en cualquier momento del año, aunque hacerlo coincidiendo con un cierre trimestral simplifica el traspaso.
Tú construye el producto. De los impuestos nos encargamos nosotros
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